¿Cómo revender sus obras de arte?

¿Quiere revender una obra de arte que ha recibido o comprado? Hay varias opciones disponibles, como las casas de subastas o la venta privada. En Artsper, también ofrecemos a nuestros coleccionistas la posibilidad de revender una obra de arte bajo ciertas condiciones. Exploremos las diferentes posibilidades.

Valorar una obra de arte
Antes de revender una obra de arte, conviene pedir consejo a un experto para conocer su valor exacto y sus posibilidades. En colaboración con Artsper, puede hacer que su obra se valore en 48 horas haciendo clic aquí.

Reventa de una obra en Artsper
Como particular, es posible revender en nuestro sitio una obra adquirida en una galería o en Artsper si se cumplen los siguientes criterios:
- El artista ya está expuesto en Artsper. Puede comprobar esta información escribiendo el nombre del artista en la barra de búsqueda de Artsper o consultando la lista de todos nuestros artistas.
- El precio inicial de la obra oscila entre los 800€ y los 25.000€ y dispone del certificado de autenticidad y de la factura de compra.
- La obra está en perfecto estado, es una pieza única o una edición numerada y limitada (máximo 300 piezas).
- No se acepta la reventa de objetos y obras de diseño anteriores a 1950.
Cada trabajo es cuidadosamente revisado por nuestro servicio de moderación antes de su publicación, y usted puede proponer libremente sus trabajos siguiendo este formulario. Si no es un particular sino un profesional (artista o galería), le invitamos a presentar su solicitud para exponer sus obras en Artsper.

Reventa de una obra en subasta
Para vender su obra en una casa de subastas, tiene que hacer los preparativos con 2 o 3 meses de antelación, ya que el peritaje de la obra puede ser largo. Todas las grandes casas de subastas tienen un servicio de valoración gratuito. En los últimos años, las subastas físicas siempre han ido acompañadas de un servicio de venta online para aumentar sus posibilidades de llegar a los compradores extranjeros.

Reventa por contrato privado (galerías o comerciantes)
En el caso de una venta privada, usted confía su obra de arte a una galería o a un marchante, que debe encontrar un comprador por su parte. A veces te compra el trabajo y lo revende él mismo, lo que te ofrece una mayor garantía. Estos intermediarios ofrecen sus servicios a cambio de una comisión sobre el precio de venta.

Fiscalidad de la reventa de una obra de arte
La tributación de la reventa de una obra de arte difiere en función de la antigüedad de su adquisición.
- Si es propietario desde hace menos de 12 años o si no tiene prueba de la fecha de compra, la reventa estará sujeta al impuesto a tanto alzado en vigor (véase el párrafo siguiente)
- Si tiene la fecha, la descripción y el precio de compra original, y ha sido propietario del artículo durante 12 años, tributará según el régimen de derecho común. Si vende su obra y no obtiene ninguna ganancia o pérdida de capital, está exento de cualquier gravamen. En el caso de una ganancia patrimonial se aplica el régimen de ganancias patrimoniales sobre bienes muebles. Esto le ofrece una desgravación del 5% el primer año y del 10% a partir del segundo año de propiedad, es decir, una exención total después de 12 años. Antes de esos 22 años, la plusvalía tributa al 19% (+ las cotizaciones a la Seguridad Social). Está exento de este impuesto si la transferencia es a un museo, una biblioteca o una autoridad local.
- Si tiene información sobre su trabajo, siempre puede elegir entre las dos ofertas en función de cuál sea más ventajosa.

Impuesto a tanto alzado
Si el valor de su trabajo no supera los 5.000 euros en aduanas, está exento de este impuesto. En caso contrario, este impuesto equivale al 6% del precio de la transferencia.

Derecho de reventa
Durante los 70 años siguientes a la muerte del artista, cada vez que se revende la obra de arte, se paga una parte a sus sucesores o cesionarios.